Gestión Ambiental Marítima Portuaria

GAMP

Gestión Ambiental Marítima Portuaria

La Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), cumpliendo con su función de Autoridad Marítima posee atribuciones de regular y controlar el tráfico marino, garantizando la seguridad de la vida humana en el mar, la seguridad de la navegación y la prevención y contención de la contaminación marina, esta última a través del Departamento de Gestión Ambiental Marítima Portuaria (GAMP).”

De igual forma, la DGMM, a través de su unidad ambiental, es responsable de que las actividades marítimas que se desarrollen en los litorales y en aguas jurisdiccionales hondureñas, se realicen de manera sostenible y en cumplimiento de las normas nacionales e internacionales.




Formas de Contacto


Teléfonos: (504) 2239-8228 ext. 206

Email Jefatura: szelaya@marinamercante.gob.hn

Email: ambiental@marinamercante.gob.hn


  • Refrendos y Certificados
  • Certificados de Exención
  • Autorización de Actividades
Refrendos y Certificados
  1. Certificado Técnico Definitivo;
  2. Dos copias del Certificado Definitivo;
  3. Dos copias del Certificado Técnico Provisional;
  4. Una copia del Reporte de inspección;
  5. Copias de las Validaciones anuales de los Certificados.

NOTA:  El Departamento del Medio Marino podrá solicitar al cliente documentación adicional en los casos que estime conveniente.

Certificados de Exención

Exención

Para atender una solicitud de Exención se deberá presentar el siguiente documento:

Formato de solicitud de Exenciones SMEX 02.01 con todas las casillas debidamente complementadas.

Exemption certificate format
Autorización de Actividades

Autorización de Actividades

** Todos los trámites de solicitud de autorizaciones deberán de ir acompañados de la documentación correspondiente, el Departamento del Medio Marino se reserva el derecho de solicitar cualquier otra información que estime conveniente para completar el trámite.
  • – Autorización de Construcción de Muelles;
  • – Autorización de Remoción de buques naufragados;
  • – Autorización de Desguaces;
  • – Autorización de Hundimientos;
  • – Autorización de Investigaciones Científicas;
  • – Autorización de dragados

LIMPIEZA DE PLAYAS

La Dirección General de Marina Mercante, según lo establecido en el Artículo 5, literal 7 de su Ley Orgánica, incluye “la utilización, protección y preservación de los litorales” como una actividad marítima dentro del alcance de sus funciones.

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