Requisitos para Titulación de Oficiales de Cubierta



  • Fotografías Digitales: Todos los rangos sin excepción deben presentar fotografías en formato digital JPG (o listado como IPG/IP debido a variaciones de escaneo en el texto), de frente, recientes, sin gorra y sin lentes.

  • Pagos de Timbres:

    • Timbre por licencia.: Se exige para todos los trámites de titulación un timbre de L. 10.00 por licencia.

    • Timbres por Libreta: Se exige para todos los trámites un timbre de L. 5.00 por libreta.

    • Timbre en Solicitud: Todos deben incluir un timbre de L. 1.00 pegado en la solicitud de trámite.

  • Documentación de Identidad: Es obligatorio para todos presentar el Pasaporte (con un mínimo de 6 meses de vigencia) o la Tarjeta de Identidad para ciudadanos hondureños.

  • Certificado Médico: Todos los niveles deben presentar un Certificado Médico que cuente con un mínimo de 6 meses de vigencia.

  • Formulario de Solicitud: Absolutamente todos los marinos deben llenar y presentar la «Solicitud de trámite de Marino TI.R.73».

  • Regla de Vigencia Mínima:  (cursos, pasaporte y certificado médico) deben contar con un mínimo de 6 meses de vigencia al momento de realizar el trámite.

  • Curso Básico de Seguridad Marítima: Requerido para la totalidad de los rangos.

  • Curso de Sensibilización para toda la Gente de Mar: Requerido universalmente para todos los rangos.

Ver Requisitos Específicos según el rango

NOTA: NO SE ACEPTAN TARJETAS DE SALUD, CERTIFICACIONES MÉDICAS NI EXÁMENES DE LABORATORIO EN LA PÁGINA WEB DE LA MARINA MERCANTE PUEDE ENCONTRAR EL FORMATO DEL CERTIFICADO MÉDICO.

Requisitos para

TITULAR OFICIALES DE CUBIERTA


  • CAPITÁN
  • PRIMER OFICIAL DE CUBIERTA
  • SEGUNDO OFICIAL DE CUBIERTA
  • OFICIAL A CARGO DE LA GUARDIA DE NAVEGACIÓN
  • TERCER OFICIAL DE CUBIERTA
  • OPERADOR GENERAL / GMDSS S
CAPITÁN

O > A 3000 GT II/2 y < 500 GT II/3


  • Edad Mínima según sumatoria de carrera
  • Libro de marino con sus respectivos desenganches (36 meses como oficial y se reducen a 24 meses si tiene 12 meses como Primer Oficial de Cubierta) y carta de servicio que refrende los desenganches del libro de la compañía operadora del buque. Obligatorio haber desempeñado a bordo al menos 12 meses como Primer Oficial.
  • Carta de la compañía si desea su licencia ILIMITADA
  • Licencias de oficial anteriores del rango inmediatamente inferior al solicitado en cumplimiento de la Regla I/5 del Convenio.
  • Curso Básico de Seguridad Marítima:
    • Supervivencia en el Mar VI/I-1
    • Prevención de Incendios VI/I-2
    • Primeros Auxilios VI/I-3
    • Responsabilidades Social a bordo VI/I-4
  • Cursos Avanzados:
    • Manejo de Embarcaciones de Supervivencia  y Botes de Rescate VI/2
    • Avanzados Contra Incendios VI/3
    • Primeros Auxilios y Cuidados Médicos VI/4
    • Botes de Rescates Rápidos VI/2-2
    • Manipulación de Estiba y manejo de la carga (para marinos hondureños)
  • Curso de GMDSS
  • Curso de Radar/Arpa
  • Curso de Sensibilización o Tareas Asignadas
  • Curso ECDIS
  • Curso de BRM
  • Curso de Marine Enviromental Awareness
  • Curso de Leadership and Teamwork
  • Ascenso (upgrading)
  • Refrescamiento (Updating) según la Regla 1/11 Sec. A-1/11 (aplica a renovación)
PRIMER OFICIAL DE CUBIERTA

O > A 3000 GT II/2


  • Edad Mínima según sumatoria de carrera
  • Libro de marino con sus respectivos desenganches (12 meses como Segundo Oficial de Cubierta o 24 meses como tercer oficial de Cubierta) y carta de servicio que refrende los desenganches del libro de la compañía operadora del buque.
  • Evaluación de desempeño a bordo según la sección A-II/2 del Convenio, emitida por el oficial calificado a bordo.
  • Carta de la compañía si desea su licencia ILIMITADA
  • Licencias de oficial anteriores del rango inmediatamente inferior al solicitado en cumplimiento de la Regla I/5 del Convenio.
  • Curso Básico de Seguridad Marítima:
    • Supervivencia en el Mar VI/I-2
    • Prevención de Incendios VI/I-3
    • Primeros Auxilios VI/I-4
    • Responsabilidades Social a bordo VI/I-5
  • Cursos Avanzados:
    • Manejo de Embarc. de Superv. y Botes de Rescate VI/2
    • Avanzados Contra Incendios VI/3
    • Primeros Auxilios y Cuidados Médicos VI/4
    • Botes de Rescates Rápidos VI/2-2 
  • Manipulación de Estiba y manejo de la carga (para marinos hondureños)
  • Curso de GMDSS
  • Curso de Radar/Arpa
  • Curso de Sensibilización o Tareas Asignadas
  • Curso ECDIS
  • Curso de BRM
  • Curso de Marine Enviromental Awareness
  • Curso de Leadership and Teamwork
  • Ascenso (upgrading)
  • Refrescamiento (Updating) según la Regla 1/11 Sec. A-1/11 (aplica a renovación)

 

SEGUNDO OFICIAL DE CUBIERTA

II/1


  • Edad Mínima 21 años
  • Libro de marino con sus respectivos desenganches (12 meses como Oficial a Cargo de la Guardia de Navegación o 18 meses como Tercer Oficial de Cubierta) y carta de servicio que refrende los desenganches del libro de la compañía operadora del buque.
  • Evaluación de desempeño a bordo según la sección A-II/1 del Convenio, emitida por el oficial calificado a bordo.
  • Licencias de oficial anteriores del rango inmediatamente inferior al solicitado en cumplimiento de la Regla I/5 del Convenio.
  • Curso Básico de Seguridad Marítima:
    • Supervivencia en el Mar VI/I-2
    • Prevención de Incendios VI/I-3
    • Primeros Auxilios VI/I-4
    • Responsabilidades Social a bordo VI/I-5
  • Cursos Avanzados:
    • Manejo de Embarc. de Superv. y Botes de Rescate VI/2
    • Avanzados Contra Incendios VI/3
    • Primeros Auxilios y Cuidados Médicos VI/4
    • Botes de Rescates Rápidos VI/2-2
  • Curso de GMDSS
  • Manipulación de Estiba y manejo de la carga (para marinos hondureños)
  • Curso de Radar/Arpa
  • Curso de Sensibilización o Tareas Asignadas
  • Curso ECDIS
  • Curso de BTM
  • Curso de Marine Enviromental Awareness
  • Curso de Leadership and Teamwork
  • Ascenso (upgrading)
  • Refrescamiento (Updating) según la Regla 1/11 Sec. A-1/11 (aplica a renovación)
OFICIAL A CARGO DE LA GUARDIA DE NAVEGACIÓN

II/1 y II/3


  • Edad Mínima 21 años
  • Libro de marino con sus respectivos desenganches (12 meses como Tercer Oficial de Cubierta o 36 meses como Marinero de Primera de Puente) y carta de servicio que refrende los desenganches del libro de la compañía operadora del buque.
  • Evaluación de desempeño a bordo según la sección A-II/1 del Convenio, emitida por el oficial calificado a bordo.
  • Licencias de oficial anteriores del rango inmediatamente inferior al solicitado en cumplimiento de la Regla I/5 del Convenio.
  • Curso Básico de Seguridad Marítima:
    • Supervivencia en el Mar VI/I-2
    • Prevención de Incendios VI/I-3
    • Primeros Auxilios VI/I-4
    • Responsabilidades Social a bordo VI/I-5
  • Cursos Avanzados:
    • Manejo de Embarc. de Superv. y Botes de Rescate VI/2
    • Avanzados Contra Incendios VI/3
    • Primeros Auxilios y Cuidados Médicos VI/4
    • Botes de Rescates Rápidos VI/2-2
  • Curso de GMDSS
  • Manipulación de Estiba y manejo de la carga (para marinos hondureños)
  • Curso de Radar/Arpa
  • Curso de Sensibilización o Tareas Asignadas
  • Curso ECDIS
  • Curso de BTM
  • Curso de Marine Enviromental Awareness
  • Curso de Leadership and Teamwork
  • Ascenso (upgrading)
  • Refrescamiento (Updating) según la Regla 1/11 Sec. A-1/11 (aplica a renovación)
TERCER OFICIAL DE CUBIERTA

II/1 y II/3


  • Edad Mínima 21 años
  • Libro de marino con sus respectivos desenganches 24 meses como Marinero de Primera de Puente Regla II/5) y carta de servicio que refrende los desenganches del libro de la compañía operadora del buque.
  • Evaluación de desempeño a bordo según la sección A-II/1 del Convenio, emitida por el oficial calificado a bordo.
  • Certificado de Suficiencia Nivel Apoyo y su Libreta de Identificación de Marino.
  • Curso Básico de Seguridad Marítima:
    • Supervivencia en el Mar VI/I-2
    • Prevención de Incendios VI/I-3
    • Primeros Auxilios VI/I-4
    • Responsabilidades Social a bordo VI/I-5
  • Cursos Avanzados:
    • Manejo de Embarc. de Superv. y Botes de Rescate VI/2
    • Avanzados Contra Incendios VI/3
    • Primeros Auxilios y Cuidados Médicos VI/4
    • Botes de Rescates Rápidos VI/2-2
  • Curso de GMDSS
  • Manipulación de Estiba y manejo de la carga (para marinos hondureños)
  • Curso de Radar/Arpa
  • Curso de Sensibilización o Tareas Asignadas
  • Curso ECDIS
  • Curso de BTM
  • Curso de Marine Enviromental Awareness
  • Curso de Leadership and Teamwork
  • Ascenso (upgrading)
  • Refrescamiento (Updating) según la Regla 1/11 Sec. A-1/11 (aplica a renovación)
Solicitud por escrito según lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo si el trámite se realiza por medio de un apoderado legal.*Para licencias técnicas (presentar cursos técnicos o de especializaciones)
OPERADOR GENERAL / GMDSS S
Por Primera Vez (presentar original y copia):

  •  
  • Edad Mínima 21 años 
  • Poseer Titulo de Oficial de Cubierta (verificable)
  • Curso de GMDSS


NOTA 1: De no presentar el curso ECDIS, ARPA y RADAR y según las Reglas V/1, V/2 las licencias irán con las limitaciones que no está capacitado para trabajar en buques equipados con sistema ECDIS, ARPA Y RADAR, Buque tanque, Petrolero, Quimiquero, Gasero, Pasajeros y RO-RO

Nota 2: Si son Oficiales, Capitanes o Jefes de máquina que poseen títulos de navegación pesquera etc., que no estén bajo el convenio STCW 78, se les emitirá título de 3er. Mate o 3rd Engineer, según sea el caso.

Nota 3: Si son Oficiales, Capitanes o Jefes de máquina que poseen títulos de navegación Costera o NVC, bajo el convenio STCW 78, mientras no esté reglamentado por el gobierno de Honduras la navegación costera, se les emitirá título hasta Chief Mate o First Engineer según sea el caso.

Nota 4: la definición de viajes próximos a la costa está claramente definida en el STCW Regla I/1.14, sin embargo, en el caso de esta Autoridad los limitará conforme a su arqueo, potencia propulsora, autonomía y equipo de Radiocomunicación que disponga el buque conforme a su área de navegación (A1, A2, A3 y A4). La Titulación de Yates: cumplir los requisitos establecidos en el Articulo VI del STCW 78, Enmendado, podrá aceptarse formación que dispongan los Centros de
Formación (Cursos de Yates) y Títulos emitidos por Organismos Reconocidos Internacionalmente

Nota 5: Orientación sobre las Equivalencias recomendadas en el Convenio STCW 78, Enmendado Sección B-IX: Los Títulos Navales podrán aceptarse y se expedirán certificados de servicios a los oficiales de la Armada, como equivalentes en virtud del Artículo IX, a condición que se cumplan las prescripciones del Convenio, es decir las disposiciones establecidas en el Articulo VI, deberán comenzar como oficiales a cargo de la guardia de navegación en máquinas o cubierta (III/5 Y II/5) 6 meses de experiencia para ascender a tercero.

Nota 6: Toda Navegación considerada como experiencia a bordo previa opción a un Título como Marinero u Oficial Mercante, deberá realizarse a bordo de embarcaciones con una capacidad de carga igual o superior a los 500 GT y que el mismo realice viajes internacionales. (A menos que sea a bordo de un Buque Escuela debidamente Autorizado por esta Autoridad Marítima). Exceptuando los Títulos de Navegación Costera.

En caso de estar inactivo por más de 5 años cumplir el numeral .2 de la regla 1/11 más (carta verificable que demuestre que ha mantenido su competencia profesional en cualquier área del ámbito marítimo) o uno de los ítems de la regla A 1/11.