Circulares




CONSIDERANDO: Que el artículo 11 de la Constitución de la República hace una clara
referencia respecto a la pertenencia del Estado del mar territorial, zona contigua, zona
económica exclusiva y plataforma continental, describiendo a las mismas. Asimismo,
el artículo 12 de la Carta Magna establece que el ejercicio de soberanía y jurisdicción
del espacio aéreo y marítimo pertenece al Estado y se realizará con respeto al derecho
de libre navegación y el cumplimiento de Convenios Internacionales. Finalmente, el
artículo 13 establece literalmente: «En los casos a que se refieren los artículos
anteriores, el dominio del Estado es inalienable e imprescriptible.»

 

 





La Marina Mercante recuerda que todos los tripulantes deben contar con el Curso Básico de Seguridad Marítima antes del 1 de julio 2025.

Sin formación, no podrán navegar tras la veda.

📩 Envía listados según comunicado oficial.

#SeguridadMarítima #GenteDeMar



La Dirección General de la Marina Mercante de Honduras informa a todas las personas naturales y jurídicas involucradas en actividades marítimas, como empresas de reparaciones navales, talleres de reparación de embarcaciones, astilleros, y otras partes interesadas, sobre sus responsabilidades y competencias legales. La Autoridad Marítima Nacional es la encargada de regular y supervisar las actividades marítimas en aguas jurisdiccionales hondureñas, con el fin de minimizar los impactos negativos en el medio ambiente marino y prevenir la contaminación. Además, se asegura del cumplimiento de los Convenios Internacionales Marítimos de los que Honduras es parte, para evitar responsabilidades internacionales.

La Ley Orgánica de la Marina Mercante establece que la Dirección General tiene la potestad de autorizar y supervisar el funcionamiento de astilleros y talleres dedicados a la construcción, reparación y mantenimiento de buques. También tiene la autoridad para regular la construcción y el uso de estructuras artificiales en aguas jurisdiccionales hondureñas, así como los trabajos de dragado, rellenos y otras obras de ingeniería oceánica.





🔹 Curso obligatorio: Todo personal en embarcaciones pesqueras debe tener el curso básico de seguridad marítima antes de zarpar.
⏰ Plazo máximo: Envía los listados de tu equipo a:
✉️ gentedemar@marinamercante.gob.hn
✉️ matriculacecamarh@marinamercante.gob.hn
¡Fecha límite: 15 de abril 2025!
⚠️ Advertencia: No se aceptarán solicitudes fuera de plazo.
📞 Contacto: PBX (504) 2239-8228 | 📍 www.marinamercante.gob.hn
👉 ¡Garanticemos juntos la seguridad en el mar!